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sábado, 23 de noviembre de 2013

Confirman la fianza de seis millones a la mujer de Bárcenas porque el delito fiscal no ha prescrito.

La Sala avala el auto de Ruz y destaca que la investigación sobre las actividades de Rosalía Iglesias no ha concluido.


MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Nacional ha confirmado la fianza de seis millones de euros que el juez Pablo Ruz impuso en julio pasado a Rosalía Iglesias, esposa del extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas, argumentando, entre otras razones, que los delitos fiscales que se le imputan no han prescrito.

En un auto dictado este jueves, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal rechaza el recurso de apelación presentado por la defensa de Iglesias y confirma el auto por el que el juez instructor del 'caso Gürtel' estableció la fianza para asegurar las responsabilidades civiles que la imputada podría tener que afrontar en un eventual juicio.

Los magistrados Ángela Murillo (presidenta y ponente), Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel destacan "la posible inaplicabilidad del instituto de la prescripción de un delito de menor gravedad", en referencia al fraude fiscal, "cuando coexiste en el ámbito de la investigación con otro de mayor entidad penal".

Además de por delitos contra la Hacienda Pública, la mujer del extesorero 'popular' está imputada en este procedimiento como cooperadora necesaria en el blanqueo de capitales del que se acusa a su marido, falsedad documental y estafa procesal en grado de tentativa.


LA INVESTIGACIÓN CONTINÚA

El tribunal también señala que la prescripción de los delitos fiscales que se le atribuyen en 2002 y 2003 se evaluará cuando la instrucción esté "agotada", se conozcan "todos los pormenores de las relaciones jurídicas entabladas" entre los imputados y se conecten con "los datos procesales obrantes en la causa". "Tarea que habrá de realizarse cuando el estado de la tramitación procesal lo permita, pues en el momento actual siguen desarrollándose diligencias de comprobación", concretan.

De la misma forma, rechaza el argumento de la defensa de Iglesias de que la causa contra su cliente fue sobreseida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en mayo de 2010, ya que el juez instructor volvió a imputarla en junio de 2012 en virtud de la nueva documentación que le había remitido la Agencia Tributaria.


PETICIÓN ABSURDA

La tercera alegación de la defensa consideraba "técnicamente incorrecto por prematuro y, por tanto, extemporáneo" el auto en el que se imponía a Iglesias la fianza por responsabilidad civil, ya que no existía "una declaración formal" sobre los indicios racionales de criminalidad que se le imputan.

La Sala también rechaza este argumento apuntando que "carece de rigor y fundamento" porque el juez debe acordar "diligencias de preservación de los eventuales derechos de los perjudicados" y cualquier otra interpretación de la ley llevaría al "resultado absurdo e incoherente de no poder dictar medidas cautelares" como las acordadas.

En septiembre pasado el juez Ruz embargó a la mujer de Bárcenas, entre otros bienes, un piso en la urbanización Guadalmina de Marbella (Málaga), todos sus productos financieros, un vehículo Smart y el 50 por ciento de una vivienda y dos plazas de garaje que comparte con su marido en el municipio de Naut Aran (Lleida), en la estación de esquí Baqueira Beret.

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