El
pleno del Parlamento Europeo ha aprobado este martes, tras el pacto
alcanzado con los Gobiernos de los Veintiocho, el texto de una Directiva relativa a los requisitos mínimos para reforzar la
movilidad de los trabajadores entre Estados miembros mediante la mejora de la
adquisición y el mantenimiento de los derechos complementarios de pensión, que facilitará
que los trabajadores de la UE que se trasladen a otro Estado miembro puedan
mantener sus derechos de pensión profesional.
La
norma tiene por objetivo mejorar las condiciones de adquisición y preservación
de los derechos de pensión complementaria, vinculados al contrato de
trabajo, teniendo en cuenta la creciente movilidad de los trabajadores. Para
ello establece que el periodo de adquisición de los derechos, es decir, el
periodo en que un trabajador tiene que estar inscrito en el régimen para
conservar los derechos de pensión complementaria, no podrá exceder los tres
años.
A
estos efectos, la Directiva entiende por "Pensión complementaria",
"las pensiones de jubilación dispuestas en las normas de un régimen
complementario de pensión creado de conformidad con el Derecho y la práctica
nacionales" y por "Régimen complementario de pensión",
"todo régimen profesional de pensiones de jubilación, establecido de
conformidad con el Derecho y la práctica nacionales y vinculado a una relación
laboral, destinado a abonar una pensión complementaria a trabajadores por cuenta
ajena."
Los
Estados miembros tienen ahora un plazo de cuatro años para incorporar la
directiva a sus legislaciones nacionales.
Los
eurodiputados han incluido una cláusula que establece que los trabajadores de
otros países se beneficiarán del mismo nivel de protección social que los
nacionales. La directiva no se aplicará a los derechos complementarios de
pensión de los trabajadores que se desplazan dentro de un Estado miembro.
La
Comisión Europea presentó la propuesta inicial sobre pensiones complementarias
en 2005 y en 2007 volvió a presentar una versión revisada. El voto en primera
lectura del Parlamento tuvo lugar en 2007. La propuesta permaneció bloqueada
entre los Estados miembros durante seis años debido a que era necesaria la
unanimidad. Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el texto pudo ser
aprobado por mayoría cualificada en el Consejo.
Fuente: http://noticias.juridicas.com/actual/3810-los-trabajadores-de-la-ue-que-se-trasladen-a-otro-estado-miembro-podran-mantener-su-derecho-a-la-pension-de-jubilacion.html
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