Dice que la pretensión de los Duques pasaba por repartirse
el patrimonio de la empresa y cargar a ésta con gastos "estrictamente
personales"
PALMA DE MALLORCA, 7 (EUROPA
PRESS)
El juez instructor del caso
Nóos, José Castro, sostiene que la intervención de la Infanta Cristina en
Aizoon -de la que es copropietaria junto a su marido, Iñaki Urdangarin-
constituía un "escudo frente a Hacienda", en línea de lo que puso de
manifiesto en su día el notario que participó en la constitución de la
sociedad, quien apuntó que el exasesor fiscal del Instituto Nóos Miguel Tejeiro
auspició la colocación de la hija del Rey en la mercantil para que ésta gozase
de un trato especial por parte de la Agencia Tributaria.
Mediante el extenso auto por
el que el magistrado ha acordado imputar a la Duquesa de Palma por presunto
delito fiscal y de blanqueo de capitales, Castro afirma que la adquisición por
parte de la Infanta del "nada despreciable montante" del 50 por
ciento del capital de Aizoon, tenía como objetivo una "aspirada protección
fiscal" que, "lejos de mantenerse oculta", fue trasladada al
notario Carlos Masía.
"De una ingenuidad
imperdonable sería que a Doña Cristina de Borbón se la ocultasen y ni qué decir
tiene que, para ese caso, ella no lo adivinase y prestara a ello su tácita
conformidad", añade Castro en su resolución judicial.
El propio Masía manifestó en
su última comparecencia ante el juez cómo, de cara a la puesta en marcha de
Aizoon, recomendó que la Infanta no figurase en la misma puesto que era
"muy peligroso ponerla en una sociedad expuesta a muchas cosas" y
sometida a "muchos avatares, quiebras y concursos". Sin embargo,
aseguró que no fue "escuchado" cuando trasladó esta advertencia a
Tejeiro, quien le respondió que "no habría problema" puesto que, con
la Infanta al frente de la empresa, habría "un trato especial" de
Hacienda y no habría inspecciones.
El juez recalca en este
contexto que, con la creación de Aizoon, la pretensión de los Duques de Palma
pasaba por crear un patrimonio familiar a repartir por mitad entre ambos
socios, y minorar la base imponible del impuesto de sociedades cargando a esta
sociedad gastos "estrictamente personales" del matrimonio,
"quebrantando el principio de correlación de ingresos y gastos que, de ser
aplicado correctamente, habría impedido que la cuenta de resultados cobijara
aquellos que ninguna conexión guardaran con la actividad de la entidad".
En su auto, el instructor
recalca que Aizoon fue creada "con el deliberado propósito" de servir
como cauce para el reparto de los beneficios que "obtenía e ilícitamente
por demás" del Instituto Nóos, que a su vez percibió cerca de seis
millones de euros procedentes de las administraciones públicas balear y valenciana.
Citando así hasta ocho
objetivos perseguidos con la constitución de la empresa, el juez sostiene que
ésta fue asimismo utilizada para que a través de la misma se facturaran
"hipotéticos servicios personalísimos" que Urdangarin "prestara
a distintas entidades, si es que realmente se prestaron, sustrayéndolos así de
las declaraciones que sobre el IRPF aquél estaba obligado a hacer".
Del mismo modo, el magistrado
subraya cómo a través de Aizoon se pretendía participar "en el giro
cruzado de facturaciones ficticias" entre las distintas empresas que
conformaban el entramado Nóos -una vez obtenidos los fondos públicos de las
instituciones- a fin de equilibrar sus beneficios frente a Hacienda y así
tributar "lo menos posible". Además, con esta mercantil se pretendía
hacer uso, según el juez, de los incentivos fiscales legalmente previstos para
entidades de reducida dimensión "sobre la base de aparentar falsamente
incrementos sustanciales de plantilla".
El titular del Juzgado de
Instrucción número 3 de Palma califica de este modo a Aizoon de sociedad
"pantalla" que, "con un disfraz mercantil", tenía como
cometido real el ingresar parte del dinero obtenido por el Instituto Nóos de
contrataciones que, recalca, "revisten claros indicios de delitos de
malversación de caudales públicos" y de perseguir "lucros derivados
de contrataciones privadas que fueron sustraídos de las declaraciones sobre el
IRPF para ser derivadas a través de Aizoon".
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