Los imputados ya no serán tal sino que pasarán a llamarse investigados. Así se recoge en el proyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal que aprobará este viernes el Consejo de Ministros y que iniciará ahora el trámite parlamentario. En principio, es solo un cambio de nombre, pero con la fórmula elegida se diluye el carácter negativo que tiene ahora la condición de imputado, porque la condición de investigado puede confundirse con una simple actuación policial, del fiscal o incipiente del juez.
Algunos partidos han sostenido que la condición de imputado, es decir, ser llamado a declarar con abogado, debía ser suficiente para obligar a dejar un cargo público.
El texto, además, establece un plazo de 18 meses para la instrucción de casos complejos, aunque pueda ser ampliable en algunas circunstancias. El texto final renunciará a la pretensión de establecer intervenciones de comunicaciones sin orden judicial para delitos graves.
El País.
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