El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha estimado
por siete votos frente a tres el recurso presentado por la defensa del Rey Juan
Carlos y ha dejado sin efecto la admisión a trámite que había acordado de la
demanda de paternidad presentada por la ciudadana belga Ingrid Jeanne Sartiau,
según ha informado mediante Nota de prensa el TS.
En la misma deliberación los magistrados han rechazado el recurso que presentó la propia Sartiau contra
el auto de admisión de la demanda, que no acogía la totalidad de sus
pretensiones.
De este modo el TS acoge el escrito por el que la Fiscalía se oponía a la continuación de la causa y a la realización al Rey
Juan Carlos de una prueba de ADN solicitada por la demandante.
La Fiscalía se oponía a la realización de una prueba de ADN
La Fiscalía del Supremo incidía en los mismos argumentos que ya expuso para oponerse a la tramitación de este
procedimiento, al entender que no debe ir más allá porque no se acompaña del principio
de prueba que
establece el artículo 767.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Según esta norma, "en ningún caso se admitirá la demanda sobre determinación o impugnación de la filiación si con
ella no se presenta un principio de prueba de los hechos en que se funde",
y este es el caso que se da en la petición de Sartiau según el Ministerio
Público.
Votos Particulares
Al Pleno han faltado dos magistrados por razones de salud.
Antencedentes
A mediados del pasado mes de enero la Sala de lo
Civil del Tribunal Supremo admitió a trámite la demanda al entender que
concurrían los requisitos legales para ello, tras celebrar una reunión que se
prolongó durante cuatro horas.
Esta decisión, que no se materializó en un auto
hasta el pasado 4 de febrero, fue recurrida por los abogados de Don Juan
Carlos, que solicitaban el archivo definitivo del asunto.
Desestimó anteriormente otra demanda
El alto tribunal había desestimado
anteriormente otra demanda similar contra Juan Carlos de Borbón presentada
por el catalán Alberto Solá, que aseguraba ser el primogénito de don Juan
Carlos, y se acompañaba de una prueba de ADN con una "fiabilidad superior
al 99,9 por ciento" que no fue considerada como tal. (EUROPA PRESS)
Fuente:
Noticias Jurídicas
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