La
Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Castilla y León (Sala de Valladolid), considera que la Junta tiene que pagar a
su personal la parte proporcional de la extra que fue suprimida en 2012,correspondiente
al periodo del 1 de junio al 14 de julio. La sentencia mantiene que las
normativas estatales y autonómicas -que regulan la supresión de la paga extra
de diciembre de 2012- no tienen eficacia retroactiva.
La
Sala de Valladolid entiende que el decreto, aunque es constitucional, no tiene
efectos retroactivos y por tanto, las cantidades proporcionales de la extra
hasta el 15 de julio -cuando el decreto ley entró en vigor-, es decir del 1 de
junio al 14 de julio, el trabajador debe recibirlas por haber trabajado.
Ahora,
apoyándose en esta sentencia, cada trabajador de la Junta podrá reclamar
a la Administración con nómina en mano la parte de la extra no percibida.
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